Poderes del Estado
El Poder Ejecutivo: es ejercido por el Presidente de la República, quien es electo por voto popular directo, secreto y universal durante un
periodo de 4 años, entre sus facultades está el nombramiento de los presidentes
de las Instituciones Autónomas, nombramiento o destitución de ministros y diplomáticos costarricenses,
vetar leyes, firmar decretos, indulto de penas, asueto nacional y duelo o luto
nacional.
El Poder Legislativo: es la Asamblea Legislativa de Costa Rica, la cual es un órgano unilateral con 57 diputaciones encargado
de aprobar, reformar o derogar leyes y decretos. Los legisladores son electos
por voto popular directo,
secreto y universal durante un período de 4 años y tienen carácter provincial.
Entre sus funciones están el nombramiento de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y
el Tribunal Supremo de Elecciones, nombrar comisiones legislativas encargadas
de estudiar los proyectos de ley
El Poder Judicial: está conformado por la Corte Suprema de Justicia. Es el órgano que administra justicia en forma pronta, sin
denegación y en estricta conformidad con las leyes cuya obligación básicamente
es hacer respetar las leyes de la república, además de las funciones que la
Constitución le señala, debe conocer de los procesos civiles, penales, penales
juveniles, comerciales, laborales, contencioso-administrativo y civiles de
hacienda, constitucionales, de familia y agrarios, así como de las otras que
establezca la Ley. La Corte está compuesta por 22 magistrados electos por la
Asamblea Legislativa durante un período de 8 años.
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